ANÁLISIS COMPARATIVO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS NIVELES DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DESEMPEÑADOS POR FUNCIONARIOS DE CARRERA DEL CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN Y DEL CUERPO DE GESTIÓN
- asociaciontribuna
- 12 mar
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1. En la Administración del Principado de Asturias es el Decreto 8/1987, de 19 de febrero, por el que se fijan los intervalos de niveles correspondientes a los distintos cuerpos y escalas de funcionarios (BOPA de 03/03/1987), el que establece, en su artículo único, los intervalos de niveles correspondientes a los distintos Cuerpos y Escalas de funcionarios de la Administración del Principado de Asturias[1]:
Cuerpos o escalas | Nivel mínimo | Nivel máximo |
Grupo A | 11 | 30 |
Grupo B | 9 | 26 |
Grupo C | 8 | 22 |
Grupo D | 6 | 18 |
Grupo E | 1 | 14 |
[1] Artículo que debe ponerse en relación con la disposición transitoria tercera punto 2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), que integra las clasificaciones profesionales previas al Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Si bien esta regulación se mantiene vigente, del análisis de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias, se puede determinar que el intervalo de los niveles de los puestos de trabajo correspondientes al Cuerpo Superior de Administración (Grupo A, subgrupo A1) y al Cuerpo de Gestión (Grupo A, subgrupo A2), objeto del presente análisis, es el siguiente:
Cuerpo | Nivel mínimo | Nivel máximo |
Superior de Administración | 22 | 30 |
Gestión | 18 | 26 |
3. Tras el análisis estadístico de los puestos de trabajo efectivamente desempeñados por funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Administración y del Cuerpo de Gestión, se observan notables diferencias entre ambos cuerpos generales.
Así, mientras que para el Cuerpo de Gestión, alcanzar el máximo nivel de su grupo y subgrupo profesional es posible para más del 69% de los funcionarios de carrera, para el Cuerpo Superior de Administración es un hecho excepcional sólo alcanzado por el 4,5% de los funcionarios.


4. De los datos analizados podemos apreciar un trato discriminatorio en cuanto al desarrollo de la carrera profesional de ambos cuerpos generales, pues mientras que uno de ellos, el Cuerpo de Gestión, tiene un enorme catálogo de puestos en RPT a los que puede acceder para alcanzar su máximo techo de carrera profesional vertical y, por ende su máximo grado personal, conseguir este desarrollo profesional se convierte en una quimera para el Cuerpo Superior de Administración.
Es por ello que podemos concluir que la estructuración de los puestos de trabajo en la Administración del Principado de Asturias discrimina y penaliza al personal funcionario del Cuerpo Superior frene al Cuerpo de Gestión, limitando su capacidad de desarrollar plenamente su carrera profesional vertical en el ámbito de los puestos incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo.
FUENTE DE DATOS: Listado enviado por la Dirección General de Empleo Público de los puestos de trabajo efectivamente desempeñados por los funcionarios del Cuerpo Superior de Administración y del Cuerpo de Gestión de la Administración del Principado de Asturias (actualizado a junio de 2024). Se incluyen en el estudio todos los puestos de trabajo incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario.
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